Licencias de actividad y proyectos ict

Declaración Responsable actividad

Declaración responsable.

La declaración responsable actividad es el documento que el propietario de un establecimiento que va a realizar la apertura de una actividad FIRMA y DECLARA RESPONSABLEMENTE  que cumple con toda la normativa que le es de aplicación a su actividad.

Con toda probabilidad, hasta la salida de la ley 16/2015 del 21 de julio el propietario de la actividad firmaba la declaración responsable sin saber exactamente el alcance de su responsabilidad.

La declaración responsable indica expresamente que el establecimiento cumple con toda la normativa que le es de aplicación, es decir, que cumple con la normativa de incendios (estanquidad del local, medidas contraincendios, recorridos de evacuación), accesibilidad, renovaciones de aire, solubilidad, aislamiento acústico, instalación eléctrica, gas, medidas sanitarias, compatibilidad urbanística y resto de normativas municipales.

Establecimientos NO INOCUOS.

En el caso de establecimientos no inocuos, como por ejemplo, los Bares, establecimientos comerciales de más de 120m2, y todos los incluidos en la Ley 20/2009 de 4 de diciembre,  junto a la declaración responsable deben de presentar un proyecto técnico y certificado final que certifique el cumplimiento de la normativa firmado por un ingeniero que evidentemente deberá de ser conocedor de la normativa que le es de aplicación a la actividad.

En el caso de establecimientos no inocuos el trámite se llama Comunicación Previa.

Establecimientos INOCUOS.

Los establecimientos inocuos como por ejemplo locales comerciales de menos de 120m2, peluquerías de menos de 120m2, etc… a diferencia de los establecimientos no INOCUOS,  no están obligados realizar el proyecto pero CUIDADO! si están obligados a disponer de un certificado técnico firmado por un ingeniero justificativo de cumplir con la normativa anteriormente mencionada.

En este caso, es necesario contratar igualmente los servicios del ingeniero ya que deberá de firma un certificado final.

Es muy recomendable contrata al ingeniero antes de la compra o alquiler del local ya que puede darse el caso que el local no cumpla lo límites mínimos de altura o superficie u otras deficiencias que lo imposibiliten para su apertura. Por supuesto, el ingeniero deberá de indicarle los mínimos requisitos necesarios para cumplir con la normativa y facilitar al cliente final la tranquilidad de firmar la declaración responsable sabiendo que cumple los requisitos y que no tendrá ninguna incidencia en el momento de la inspección técnica del ayuntamiento.

El trámite de los establecimientos inocuos se llama Declaración Responsable.

Documentación a presentar en el Ayuntamiento en actividades INOCUAS.

Cada ayuntamiento es soberano a la hora de decidir que documentación hay que presentar.

Aclarado el punto que obliga a disponer del certificado técnico conforme la actividad cumple con la normativa que le es de aplicación, el ayuntamiento puede exigir la presentación de la declaración responsable, el certificado técnico y/o planos de planta y sección o pequeña memoria descriptiva del establecimiento. También puede solicitar cualquier otro documento que considere oportuno (contrato de alquiler, IAE, residuos, etc…) ya que salvo la obligatoriedad de disponer de la declaración responsable y el certificado técnico que obliga la Generalitat de Catalunya en la ley 16/2015 del 21 de julio es el propio ayuntamiento el que gestiona las licencias de apertura de su municipio y por lo tanto habrá que preparar la documentación solicitada por cada ayuntamiento en cada caso.

Tiempo mínimo para poder abrir el establecimiento.

La ventaja principal de la declaración responsable y comunicación previa es que una vez presentada toda la documentación requerida por el ayuntamiento y pagadas las tasas correspondientes puede realizarse la apertura al público de la actividad de forma inmediata, por lo tanto, el promotor podrá organizarse de forma que paralelamente a la adecuación del local recopile la documentación requerida y la presente  para que de forma inmediata pueda poner en funcionamiento la actividad.

La inspección de los servicios técnicos no se realizar antes de la apertura sino que en todo caso se realiza una vez está el establecimiento abierto al público con todos los trabajos acabados.

Sanciones.

Cuando se realice la inspección al local por parte de los servicios técnicos del ayuntamiento si no se cumplen los requisitos se podrá proceder a la paralización de la actividad o continuidad del establecimiento mientras no cumpla con las normas que le son de aplicación.

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