El ayuntamiento crea un proceso simplificado para solicitar la ampliación excepcional de terrazas.
Nuevas terrazas y ampliaciones.
La normativa incluye tanto la ampliación del espacio de establecimientos que ya disponen de terrazas como el otorgamiento temporal de licencias, de acuerdo con las condiciones de uso del espacio público y los criterios que se establecen en el nuevo decreto.
¿Cuándo se pueden ampliar las terrazas?
Con la entrada en vigor de la fase 1 de desconfinamiento se ha iniciado la gestión de los permisos y ampliaciones, que se implantarán progresivamente durante los próximos días.
¿Dónde se situarán las terrazas nuevas o las ampliaciones?
Se situarán prioritariamente en la calzada, por ejemplo, en plazas de aparcamiento o carriles de circulación contiguos a la acera.
¿Qué requisitos deben cumplirse?
Algunas de las condiciones son:
- Respetar los criterios de accesibilidad de la ordenanza de terrazas.
- No obstaculizar carriles bici, vías de transporte público, acceso a aparcamientos o equipamientos, paso de vehículos de servicios y uso y visualización de los servicios públicos y señales de tráfico.
- En caso de ocupar carriles de circulación, los establecimientos que utilicen una misma vía tendrán que presentar una propuesta unitaria para hacer uso de un tramo completo.
- Solo se podrá ampliar la superficie de las terrazas cuando no superen el 50 % de la superficie libre de paso, y siempre que los espacios libres sean adecuados.
- En aceras y plataformas únicas, habrá que garantizar un espacio de paso libre de 2 metros para peatones.
- Solo se podrá instalar mobiliario autorizado: mesas, cuatro sillas por cada mesa, sombrillas y, cuando se ocupe la calzada, también jardineras.
- No podrán interferir en las necesidades que puedan tener otros establecimientos o actividades comerciales derivadas del cumplimiento de distancias de seguridad sanitaria.
¿Cuál es el aforo máximo para establecimientos que amplían la terraza?
- En el espacio habitual de la terraza se podrán instalar el 50 % de las mesas.
- En el espacio ampliado se podrán colocar hasta cuatro mesas, y si se ocupa la calzada, hasta seis mesas.
- En todos los casos, se debe mantener la distancia de seguridad de 2 metros y seguir los criterios de ubicación y las normativas vigentes.
¿Cuál es el aforo máximo para establecimientos con terraza nueva?
- Se podrán instalar cuatro mesas, y si se ocupa la calzada, hasta seis mesas.
- Se debe mantener la distancia de seguridad de 2 metros y seguir los criterios de ubicación y las normativas vigentes.
¿Cuáles serán los horarios de apertura?
De domingo a jueves, de 8.00 a 0.00 horas, y viernes y vísperas de festivos, de 8.00 a 1.00 horas.
